¿Quién puede usar la piscina comunitaria?
quien puede usar la piscina comunitaria

Semtido Digital

11/06/2022

I&G Consulting como administradores de fincas en Sevilla, ha tenido acceso a la última sentencia del Tribunal Superior, que prohíbe el uso de la piscina comunitaria a los propietarios de garaje sin vivienda.

Por ese motivo, vamos a hablaros en este artículo, sobre quién puede usar la piscina comunitaria, una tarea que conlleva ciertas responsabilidades.

Vamos a responder a ciertas dudas, que pueden surgir a la hora de gestionar una piscina comunitaria, empezando por remarcar que, antes que nada, deberá cumplir con la regulación que establezca cada Comunidad Autónoma.

Uso de la piscina comunitaria

Con la apertura de las piscinas comunitarias, cada vez con mayor antelación debido a las altas temperaturas que nos acompañan desde Abril en Sevilla, y en casi toda España, se ha vuelto a generar el debate sobre quien puede usar la piscina de tu comunidad de vecinos.

Con la llegada del verano cada vez más próxima, siempre apetece refrescarse pegándote un buen chapuzón. Para ello o vives en zona de playa o tienes que recurrir al uso de piscinas, ya sean privadas o comunitarias.

Si eres como la mayoría de las personas en España, que comparte una piscina comunitaria, siempre hay dudas sobre quien puede usarla, para evitar los abusos y conflictos que pueda generar la interpretación de las normas de convivencia.

Los propietarios de las viviendas son los que deben decidir la normativa de la piscina comunitaria y quién puede usar la piscina comunitaria.

Vamos a hablar de las casuísticas, más comunes, que nos preguntan nuestros clientes:

¿Puedes utilizar la piscina comunitaria si eres propietario de una plaza de garage?

Si eres propietario de una plaza de garaje de una comunidad de vecinos seguro que te has preguntado si puedes usar la piscina, aunque no tengas vivienda.

Pues bien, esto es lo que ha dictaminado el tribunal supremo en la última sentencia de este mismo mes de junio del 2022.

La respuesta no es tan sencilla como parece, por este motivo ha tenido que intervenir el tribunal, después de una denuncia de una comunidad de vecinos.

Como hemos dicho, los propietarios de las viviendas, son los que deben decidir la normativa de la piscina comunitaria y quién puede utilizarla.  

De este modo, si los propietarios deciden que el dueño de un garaje no puede entrar en la piscina, este tendrá que acatar la decisión. Así lo asegura la sentencia del Tribunal Supremo, anteriormente citada y que aclaramos a continuación:

Sentencia Tribunal Supremo 2022 uso de las piscinas comunitarias

Una piscina, por su propia naturaleza, está al servicio de los propietarios que tengan en el edificio su residencia“, aclara la sentencia, “los titulares de los garajes son propietarios de los mismos, pero no por ello son residentes, sino usuarios de una plaza de estacionamiento”, prosigue. 

Otro motivo para avalar esa decisión es que los dueños de una plaza de garaje no contribuyen al mantenimiento de la piscina, así que no tendrían derecho a usar las instalaciones.  

La piscina, en cuanto elemento común, no tiene como destino natural servir de disfrute a los titulares de los aparcamientos, los cuales los adquieren para estacionar un vehículo y no por las particularidades recreacionales de la edificación“, resumen los magistrados. 

Este fallo va a sentar jurisprudencia, pues servirá como aval para todas aquellas comunidades de vecinos que quieran restringir el uso de la piscina a ciertas personas.  

Esto no significa que tengas siempre prohibido bañarte en la piscina comunitaria si eres propietario de un garaje; siempre puedes hablarlo con los vecinos y llegar a un acuerdo si están dispuestos.

¿Puedo invitar a familiares o amigos a la piscina comunitaria?

Para esta casuística, al igual que otras limitaciones de acceso y uso, como pueden ser utilizar las colchonetas y flotadores, horario de apertura y cierre de la piscina, acceso de animales a las zonas comunitarias, debe ser la comunidad de vecinos la que las establezca.

No existe una norma como tal, que prohíba a los propietarios invitar a sus amigos o familia, a pasar un día en la piscina.

Sin embargo, para celebrar un evento, celebración o fiesta privada, el empleo de las zonas comunitarias al aire libre, como puede ser la piscina, no está permitido.

Aunque, si los estatutos de la comunidad lo autorizan o se aprueba en una junta de propietarios, los vecinos pueden emplear estos lugares para un uso particular.

Lo más importante, que se debe respetar es el aforo marcado por Ley, según la extensión de las instalaciones.  

Normas piscina comunitaria para invitaciones

Los propietarios podrán acordar algún sistema de control de aforo mediante el uso de invitaciones, pulseras o tarjetas. A cada vivienda le corresponderá un número X de esas acreditaciones y deberán presentarse a la entrada del recinto.

No obstante, eso ya requiere de personal que controle el acceso.   Cualquier invitado, igual que los propietarios, tiene que respetar la normativa de uso interno y, en caso de vulnerarla, se le podrá requerir que abandone las instalaciones.

Si el invitado causa algún desperfecto en el emplazamiento, la comunidad podrá pedir responsabilidades al propietario por el cual haya entrado.  

Aunque si se cumple con las normas establecidas y se mantiene un comportamiento adecuado, no debería pasar nada, siempre pueden suceder imprevistos.

La Ley de Propiedad Horizontal no obliga a las comunidades a concertar un seguro de responsabilidad civil, pero sí que es altamente recomendable. A quién corresponda asumir la responsabilidad civil dependerá de las circunstancias en las que ocurra el accidente o las causas del mismo.  

Si este ha ocurrido por una falta de seguridad en la piscina, la comunidad de vecinos debería asumir la responsabilidad, llegando a ser necesaria incluso una indemnización. Si por el contrario, el accidente es fruto de una imprudencia o mal uso de las instalaciones por parte del usuario, es él el responsable de los daños y quien asuma los costes.

Cualquier otra duda que puedas tener en relación al uso de la piscina comunitaria, después de terminar este post, te recomendamos nos la escribas a bufete@igconsulting.es, muchas gracias.